Definición
“Son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo” (Art. 46 Ley Orgánica 3/2007).
Desde Océano
Elaboramos planes de igualdad a medida de la empresa con la garantía de su aceptación en el registro del ministerio, para realizar un presupuesto de la elaboración de su plan de igualdad conteste a las siguientes preguntas sin ningún compromiso.
Obligatoriedad
Contar con un Plan de Igualdad en la empresa es OBLIGATORIO para empresas de más de 50 trabajadores, y RECOMENDABLE para las de menos de 50.
Desde el 7 de marzo de 2020: Obligatorio para +150 trabajadores.
Desde el 7 de marzo de 2021: Obligatorio para +100 trabajadores.
Desde 7 de marzo de 2022: Obligatorio para +50 trabajadores.
Además, se están realizando inspecciones de trabajo que exigen la presentación del PI, y de las actas de la Comisión para garantizar su aplicación.
Multas
Sanción grave: entre 626 € a 6.250 €
Sanción muy grave: hasta 187.515 €
Partes
- Área de acceso al empleo y contratación.
- Área de condiciones de trabajo y conciliación.
- Área de formación.
- Área de promoción.
- Área de prevención y actuación frente al acoso sexual o por razón de sexo.
- Salud Laboral.
- Área de comunicación y publicidad.
- Infrarrepresentación femenina.
- Retribuciones.